FORMACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA

FORMACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA
Programa - Primer semestre 2025
Promover la reflexión crítica sobre principios éticos y su aplicación en la vida cotidiana.
Analizar el sistema democrático argentino y su marco jurídico, con énfasis en la Constitución Nacional y Provincial.
Fomentar la participación ciudadana activa y responsable, integrando problemáticas locales.
Reconocer los derechos humanos y su relación con la dignidad humana.
Unidad 1: Introducción a la Ética y la Moral
Temas:
Diferencias entre ética y moral.
Dilemas éticos (ejemplos cotidianos y históricos).
Valores personales vs. colectivos.
Unidad 2: Derechos Humanos y Dignidad
Temas:
Declaración Universal de Derechos Humanos.
Historia de los derechos en Argentina (ej: dictadura, Madres de Plaza de Mayo).
Derechos específicos en la Constitución de Santiago del Estero.
Unidad 3: Ciudadanía y Participación
Temas:
Concepto de ciudadanía activa.
Mecanismos de participación (voto, manifestaciones, proyectos comunitarios).
Redes sociales y activismo digital.
Unidad 4: Sistema Democrático Argentino
Temas:
Tres poderes del Estado (nacional y provincial).
Proceso de formación de leyes.
Rol de los partidos políticos.
Unidad 5: Gobernanza Local en Santiago del Estero
Temas:
Estructura del gobierno provincial y municipal.
Desafíos locales (ej: acceso al agua, educación rural).
La Constitución Provincial.
Unidad 6: Temas Éticos Contemporáneos
Temas:
Igualdad de género y diversidad.
Sostenibilidad ambiental.
Ética digital (privacidad, fake news).
Unidad 4: Sistema Democrático Argentino
Enfoque: Relacionar los principios democráticos y la gobernanza con la problemática del agua en la comunidad rural.
Actividad 1: "El Agua como Derecho Humano Fundamental"
- Descripción: Analizar cómo el acceso al agua está garantizado por la Constitución Nacional y Provincial, y cómo este derecho se relaciona con los tres poderes del Estado.
- Tareas:
- Investigar artículos de la Constitución Nacional (Art. 41: Ambiente sano) y Provincial que mencionen el acceso al agua.
- Discutir en grupos cómo los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial pueden intervenir para garantizar el acceso equitativo al agua en su comunidad.
Actividad 2: "Participación Ciudadana en la Gestión del Agua"
- Descripción: Reflexionar sobre la importancia de la participación ciudadana en la toma de decisiones sobre recursos esenciales como el agua.
6 de octubre
Derechos Humanos - De lo Universal a lo Local
A lo largo de nuestras últimas jornadas, hemos recorrido un camino fundamental para comprender los derechos humanos en su dimensión histórica, teórica y local. Partimos de la Declaración Universal de 1948, analizando sus principios rectores: universalidad, inalienabilidad e interdependencia. Este documento, surgido como respuesta a las atrocidades de la Segunda Guerra Mundial, estableció que la dignidad humana es el fundamento de toda sociedad justa, con artículos como el primero que proclama nuestra libertad e igualdad esenciales.
Profundizamos luego en la historia argentina, donde estos principios fueron brutalmente vulnerados durante la última dictadura militar. La lucha de las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo se convirtió en un faro global de resistencia, demostrando que la memoria y la justicia son pilares irrenunciables. Con la vuelta a la democracia, Argentina avanzó en reconocer jerarquía constitucional a los tratados internacionales y sancionó leyes pioneras que ampliaron el concepto de derechos hacia la identidad de género y la protección integral de las mujeres.
El análisis nos llevó después a nuestro territorio específico: la Constitución de Santiago del Estero. Descubrimos cómo artículos como el 16 (igualdad real) y el 20 (derechos laborales) buscan traducir los principios universales a nuestra realidad provincial. Sin embargo, constatamos que existen brechas preocupantes entre el texto legal y la práctica cotidiana, visible en los desafíos de acceso al agua, el trabajo informal en las cosechas y las limitaciones en la educación intercultural bilingüe para nuestras comunidades indígenas.
Finalmente, integramos estos conocimientos reconociendo que los derechos humanos forman un sistema interdependiente. El derecho al agua (consagrado en el Art. 107 de nuestra Constitución provincial) está vinculado con el derecho a la salud, la educación y un ambiente sano. Esta perspectiva nos permite entender que las problemáticas locales, como la falta de infraestructura en Salavina o la discriminación hacia los pueblos vilelas, no son casos aislados sino expresiones de vulneraciones sistémicas que requieren respuestas integrales.
Esta síntesis nos deja una tarea pendiente: convertir el conocimiento en acción. Como ciudadanos santiagueños, tenemos la responsabilidad de utilizar estas herramientas teóricas para exigir el cumplimiento de nuestros derechos, participando activamente en la construcción de una provincia más justa donde la dignidad humana no sea solo un principio declarado, sino una realidad vivida por todos.13 de octubre
Los Tres Poderes del Estado: Pilares de Nuestra Democracia
Nuestra democracia se sostiene sobre un principio fundamental: *la división de poderes* . Este sistema, diseñado para evitar la concentración absoluta del poder en una sola persona o grupo, organiza el Estado en tres poderes independientes que se controlan entre sí. A nivel nacional, esta estructura se replica en cada provincia, incluida Santiago del Estero, adaptándose a las particularidades de nuestro territorio pero manteniendo la esencia del sistema republicano.
*El Poder Ejecutivo* es el encargado de administrar el Estado y ejecutar las leyes. A nivel nacional, lo ejerce el Presidente de la Nación, mientras que en Santiago del Estero es responsabilidad del Gobernador y su gabinete ministerial. Por ejemplo, cuando hablamos de la construcción de un nuevo hospital en La Banda o del mantenimiento de rutas provinciales, son decisiones que competen al Poder Ejecutivo provincial, que debe transformar las leyes en acciones concretas para mejorar nuestra calidad de vida.
*El Poder Legislativo* tiene la crucial tarea de crear las leyes que regulan nuestra convivencia. En el ámbito nacional, está compuesto por dos cámaras: Diputados y Senadores, representando al pueblo y a las provincias respectivamente. En nuestra provincia, la Legislatura unicameral de Santiago del Estero cumple esta función, con diputados provinciales que debaten y sancionan leyes sobre educación, salud, producción y otros temas vitales para nuestro desarrollo. Es aquí donde se discuten iniciativas como los presupuestos para escuelas rurales o leyes de protección ambiental para el Río Dulce.
*El Poder Judicial* administra justicia, interpretando las leyes y resolviendo conflictos entre ciudadanos o entre estos y el Estado. A nivel nacional, la Corte Suprema de Justicia es su máximo órgano, mientras que en Santiago del Estero contamos con nuestro Tribunal Superior de Justicia provincial y los juzgados de primera instancia. Este poder garantiza que tanto los ciudadanos como el Estado mismo cumplan con las normas establecidas, protegiendo así nuestros derechos fundamentales.
*La independencia y el control recíproco* entre estos tres poderes son esenciales para el funcionamiento democrático. Por ejemplo, mientras el Legislativo sanciona leyes, el Ejecutivo puede vetarlas; a su vez, el Judicial puede declarar la inconstitucionalidad de normas o actos de gobierno. Este " _equilibrio de poderes_ " evita abusos y garantiza que las decisiones se tomen considerando múltiples perspectivas, fortaleciendo así nuestra democracia.20 de octubre
El Proceso de Formación de Leyes
En este encuentro exploraremos el proceso de formación de leyes en Argentina, un mecanismo fascinante que transforma las necesidades sociales en normas que organizan nuestra vida en común.
El recorrido de una ley es como un viaje que comienza con una idea y termina con una norma obligatoria para todos. Este proceso no es exclusivo del Congreso Nacional: en Santiago del Estero, nuestras autoridades provinciales siguen pasos similares para crear leyes que respondan a realidades locales, como la protección de nuestros recursos hídricos o el fomento de la producción algodonera. Comprender este proceso nos permite dejar de ser espectadores para convertirnos en ciudadanos activos.
Descubriremos que una ley puede nacer de diferentes lugares: del Poder Ejecutivo (nacional o provincial), de los legisladores e, incluso, de propuestas ciudadanas. Aprenderemos cómo un proyecto sobre mejoras en las rutas santiagueñas, por ejemplo, inicia su camino en la Legislatura provincial, se debate en comisiones y luego se somete a la votación de los diputados, representantes que elegimos nosotros mismos.
También analizaremos los mecanismos de participación que tenemos como ciudadanos durante este proceso. ¿Sabías que puedes presentar tus ideas a un legislador? ¿O que existen audiencias públicas donde la comunidad puede expresar su opinión sobre proyectos que afectan su vida? En Santiago del Estero, estos espacios son cruciales para que leyes sobre educación intercultural o protección ambiental reflejen realmente las necesidades de nuestra gente.El Proceso de Formación de las Leyes en la Constitución Nacional Argentina
El proceso de formación de las leyes en Argentina está establecido en los artículos 77 a 84 de la Constitución Nacional, que delinean un camino preciso que garantiza la participación plural de los distintos sectores de la representación popular. Este procedimiento, conocido como sanción legislativa, se inicia cuando un proyecto es presentado ante cualquiera de las dos cámaras del Congreso Nacional: la Cámara de Diputados, que representa al pueblo de la Nación, o el Senado, que representa a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires. Los proyectos pueden tener origen en cualquiera de estas cámaras, excepto en los casos de leyes sobre contribuciones y reclutamiento de tropas, que según el artículo 52 deben iniciarse exclusivamente en la Cámara de Diputados.
Una vez presentado, el proyecto inicia su trámite parlamentario que consta de varias etapas esenciales. Primero, es derivado a las comisiones especializadas correspondientes al tema de la ley, donde los diputados o senadores realizan un análisis técnico y sustancial del proyecto. En esta fase, se pueden convocar a audiencias públicas con especialistas, representantes de organizaciones de la sociedad civil y actores relevantes, especialmente cuando se trata de leyes de gran impacto social. Las comisiones pueden introducir modificaciones al texto original y, finalmente, emiten un dictamen que habilita el tratamiento del proyecto en el recinto de la cámara de origen.
El debate en el recinto constituye una etapa crucial del proceso. Los legisladores discuten el proyecto artículo por artículo, presentando argumentos a favor y en contra, y proponiendo enmiendas durante el debate. Para su aprobación, se requiere la mitad más uno de los miembros presentes en la cámara. Una vez aprobado, el proyecto pasa a la otra cámara, donde repite exactamente el mismo procedimiento: análisis en comisiones, debate en el recinto y votación. Si esta cámara introduce modificaciones, el proyecto regresa a la cámara de origen para su consideración, en un proceso conocido como veto parcial o observaciones.
Superado el trámite legislativo, la ley aprobada por ambas cámaras pasa al Poder Ejecutivo Nacional para su examen final. El Presidente de la Nación puede tomar tres caminos diferentes: promulgarla, convirtiéndola así en ley; observarla total o parcialmente, devolviéndola al Congreso con sus objeciones; o vetarla tácitamente, no firmándola dentro de los diez días hábiles. En caso de veto parcial o total, el Congreso puede insistir con la mayoría calificada de dos tercios de los votos de ambas cámaras, convirtiendo el proyecto en ley sin necesidad del acuerdo del Poder Ejecutivo.
Finalmente, una vez promulgada, la ley es publicada en el Boletín Oficial de la Nación, adquiriendo obligatoriedad para todos los habitantes del territorio nacional a partir de su entrada en vigencia. Este proceso, aunque aparentemente complejo, está diseñado para asegurar que cada norma sea el resultado de un debate plural y representativo, reflejando el equilibrio de poderes que caracteriza a nuestro sistema republicano de gobierno y garantizando que las leyes respondan a las necesidades e intereses de la sociedad argentina en su conjunto.